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Constitucion de Entre Rios: Un programa de gobierno

*Por Jorge Pedro Busti.

La Constitución de Entre Ríos reformada en el año 2.008 constituye un claro Programa de Gobierno, fruto del consenso que imperó en la Convención Constituyente, consiguiendo respaldo por la 2/3 parte de sus miembros y en la mayoría de los casos la unanimidad en la votación de las reformas o a las modificaciones que se introdujeron. Desde otro punto de vista, constituye una serie de obligaciones y deberes de los gobernantes en el cumplimiento de determinadas Políticas Públicas, utilización del Presupuesto y Gasto Público, siendo, en definitiva la garantía del ciudadano contra cualquier posible abuso o desvío de poder.

VEINTE (20) PUNTOS CENTRALES DEL “PROGRAMA CONSTITUCIONAL”.

1º) INSTAR Y GARANTIZAR la participación ciudadana directa en las decisiones que se adopten (arts.4 y 49 a 53).

2º) RECONOCER Y ASEGURAR la Libertad de Expresión en su sentido más amplio (art.12).

3º) REGULAR el acceso irrestricto a la Información Pública en forma completa, veraz, adecuada y oportuna (art.13).

4º) DISPONER medidas concretas de igualdad de oportunidades para mujeres y hombres y, en especial, a sectores más vulnerables y necesitados (arts.15, 17 y 21).

5º) ATENDER prioritariamente el Derecho a la Salud como Política de Estado (art.19).

6º) IMPLEMENTARPolíticas Públicas en materia de viviendas y alimentación mínima indispensable (arts.24 y 25).

7º)ASEGURAR el Equilibrio Fiscal (art.35).

8º) REGULAR y FISCALIZAR el ingreso a la función pública por concurso (art.36).

9º) DICTAR una ley de Ética Pública (art.37).

10º) PONER en funcionamiento el Consejo Económico y Social, atendiendo a sus propuestas, sugerencias e inquietudes en las Políticas Públicas (art.53).

11º) PROMOVER un federalismo de concertación, fomentando la creación de regiones o microregiones (art.75)

12º) ESTIMULAR a las cooperativas, mutuales o empresas de Economía Social (art.76).

13º) GARANTIZAR y REGULAR el trabajo decente en el empleo público, reconociendo carácter remunerativo a los aumentos salariales, entre otras cuestiones (art.82).

14º)DISEÑAR Y REALIZAR una Política Ambiental clara, constituyendo un Ente Ambiental con participación plural (arts.83 a 86).

15º) ACTUALIZAR E IMPLEMENTAR INNOVACIONES TECONOLOGICAS al Régimen Electoral.

16º) GARANTIZAR Y HACER EFECTIVA un Régimen Municipal y Comunal realmente autónomo. Asegurar recursos previstos en la Constitución: 16% de impuestos nacionales para municipios y 1% para comunas; y 18% de impuestos provinciales para los primeros y 1% para los segundos. Organizar el sistema de dictado de Cartas Municipales.

17º)DICTAR e IMPLEMENTAR Ley de Comunas.

18º) PROMOVER acuerdos intermunicipales, intercomunales e interjurisdiccionales para concretar obras o servicios públicos comunes.

19º) EDUCACIÓN: CUMPLIR con la asignación presupuestaria del 28%  (art. 218) como mínimo de las Rentas Generales y demás recursos dispuestos por ley (incluye para sueldos, gastos, extensión obligatoria de la educación, etc.).

20º) REGLAMENTAR por el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo, cada uno en sus ámbitos, todas las instituciones y normas incorporadas y modificadas por la Reforma.

Cada fuerza política con su entidad deberá acordar este Programa Constitucional que nos contiene a todos los entrerrianos.

Lamentablemente al gobierno provincial el único artículo que le interesó fue el 161 que le otorgaba la posibilidad de la reelección del gobernador; sin dudas eso es poca cosa para 8 años de gobierno en forma consecutiva para el mejoramiento de la calidad institucional de Entre Ríos.

Comprometámonos a aplicar en su integridad la Constitución Provincial del 2008 y los entrerrianos viviremos mejor.

*Ex gobernador de Entre Ríos

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1 comentario en “Constitucion de Entre Rios: Un programa de gobierno”

  1. Busti, vos no te hagas «El chancho rengo», pues tenes bastantes cuentas pendiente con la Justicia.Ademas son tan ridiculos los peronistas que ahora hablas con un «bustistas» y te dice con una caradurez que da bronca: ¿Pero, viste lo que esta haciendo «El Pato», ¿viste como roba, loco?, entonces vos lo matas al chabon con un elocuente: ¿che, de quien aprendio «El Hombre del Sueño Entrerriano»?

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