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Caudana quedo en libertad y su pareja seguira en la carcel hasta el juicio

El Tribunal Oral Federal de Paraná dispuso que la pareja del condenado narcotraficante Gonzalo Caudana continúe detenida en el marco de una causa por tenencia de estupefacientes y el almacenamiento de elementos destinados a la producción de cocaína. Se trata de María Laura Spoturno, que será juzgada en octubre.

El 30 de agosto de 2013, alrededor de las 2 de la tarde, efectivos policiales advirtieron la presencia de una mujer en la casa de María Laura Spoturno, en calle Francisco De Bueno de Paraná. Los policías vieron a la mujer recibir un paquete de color marrón y una bolsa de nylon transparente, y luego subir a un remís. Cuando la interceptaron, después que el automóvil de alquiler hubiera recorrido varias cuadras, constataron que el envoltorio contenía un ladrillo de una sustancia blanca, 36 «tizas» y tres trozos pequeños. El pesaje arrojó un total de 1,381 kilos de clorhidrato de cocaína.

Spoturno se encontraba en ese momento cumpliendo una condena por delitos de narcotráfico bajo la modalidad de arresto domiciliario, ya que tenía a cargo el cuidado de sus hijos menores de edad. Esa circunstancia le significó una nueva causa penal por haber sido quien entregó la cocaína a María Inés Tomaselli ?luego condenada en un juicio abreviado? y por la guarda de materias primas y elementos destinados a la producción y/o fabricación de estupefacientes.

El juicio se desarrollará durante los días 14 y 15 de octubre próximo y Spoturno podría recibir una pena de entre 4 y 15 años de prisión en caso de ser encontrada culpable.

Mientras tanto, el tribunal rechazó un pedido para que se le conceda el arresto domiciliario en su modalidad diurna, de 7 a 21, para poder atender el cuidado de sus hijos menores de edad, según pudo saber EL DIARIO.

También el fiscal José Ignacio Candioti había manifestado su oposición a la medida, luego de advertir que «los niños no se encuentran en estado de desprotección», pero también por el hecho de que «los hechos atribuidos fueron materializados por la imputada mientras estaba gozando del beneficio de prisión domiciliaria, manifestando un evidente desprecio en la confianza dispensada al otorgarle el beneficio y poniendo en riesgo la seguridad y salud de sus hijos». Más aun, el fiscal sostuvo que «Spoturno violó reiteradamente las obligaciones impuestas en la prisión domiciliaria».

La mujer volvió a la cárcel en julio del año pasado, luego de que la Justicia Federal constatara al menos dos violaciones a las reglas de conducta que se le habían impuesto para el arresto domiciliario. Antes había recibido un «severo apercibimiento», también por incumplir las condiciones impuestas para la prisión domiciliaria.

En su resolución los jueces Noemí Berros, Lilia Carnero y Roberto López Arango señalaron que los niños se encuentran al cuidado de Roxana Sportuno, hermana de María Laura, quien «posee condiciones para hacerse cargo de los menores en cuestión». La medida fue dispuesta en forma excepcional del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf), entre el 23 de julio y el 23 de septiembre. Así se dispuso tras la detención de Caudana en el marco de una causa por amenazas calificadas contra dos niñas frente a la Escuela Del Centenario, que derivó luego en que se le revocara el beneficio de la libertad asistida.

En ese sentido, se aclaró que Caudana, padre de los hijos menores de Spoturno, «quedará en libertad en fecha muy próxima y, si bien deberá encargarse de trabajar, debe tenerse en cuenta, por una parte, que el lugar en el que trabaja se trata de un emprendimiento familiar y, por otra parte, que los niños, por la edad que tienen (15 y 8 años), no requieren una atención permanente o que imposibilite las tareas laborales». De hecho, la condena de prisión que recibió Caudana por delitos de narcotráfico se agota hoy mismo, por lo que este mediodía quedará en libertad.

Así las cosas, el tribunal consideró que «no existe desprotección de los niños involucrados ni ninguna afectación de los intereses o derechos» y, por lo tanto, no existen «razones o fundamentos valederos que autoricen la morigeración de la prisión preventiva» de Spoturno.

 

 

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