
El Presupuesto General del Ente de Desarrollo Aerocomercial del Aeropuerto de Concordia (E.D.A.A.C.) aprobado en la última sesión del año pasado del Concejo Deliberante prevé un gasto total de 900 millones de pesos de los cuales 430 millones provienen de subsidios municipales, 427 de subsidios provinciales y el resto, 43 millones, de recursos propios.
El primer presupuesto del Ente de Administración del Aeropuerto, publicado con el numero de Ordenanza Nº 38755, prevé que de los $900 millones, se destinarán $ 849 millones a Erogaciones Corrientes y $ 51 millones a Erogaciones de Capital.
Entre los gastos corrientes, se destinan $773.400.000 a los Gastos de Operación, de los cuales el más importante es Servicios No Personales con una previsión de $ 547 millones y el siguiente el Personal con $ 184.800.000 (unos $14,2 millones mensuales considerando el aguinaldo). Prevé también un gasto de $ 41,6 millones en Bienes de Consumo. Deja un Crédito Adicional de $ 75,6 millones entre los gastos corrientes.
Entre las Erogaciones de Capital destina $ 39 millones a Bienes de Capital y $ 12 millones a trabajos públicos.
Entre los recursos, más allá de los subsidios municipal y provincial que componen el 95% de sus ingresos, prevé que ingresarán $ 32 millones por Tasa Aeroportuaria (la que le cobra a cada avión que aterriza y despega), $ 8 millones de canon a la planta de combustible y $ 3 millones del local gastronómico. No prevé para este ejercicio ingreso por uso de hangares (pese a que en el predio del Aeropuerto hay hangares privados) ni de alquileres de locales comerciales, ni de venta de espacios publicitarios.
Autoriza al Directorio del Ente a realizar transferencias de partidas dentro de las Erogaciones Corrientes, cuando lo considere necesario y siempre con créditos de otras partidas del mismo sector, informando inmediatamente al Concejo Deliberante para su conocimiento.
Autoriza también a realizar transferencias de Partidas de Personal en casos excepcionales y cuando lo considere necesario, a los fines de poder registrar la imputación de sueldos cuando aquellas partidas tengan saldos insuficientes y siempre con créditos de otras partidas de personal, informando inmediatamente al Concejo Deliberante para su conocimiento.
También autoriza a realizar transferencias de partidas dentro de las Erogaciones de Capital, cuando lo considere necesario y siempre con créditos de otras partidas del mismo sector, informando inmediatamente al Concejo Deliberante para su conocimiento.
Lo faculta a ampliar el Presupuesto por nuevos y mayores ingresos con afectación especifica y a utilizar la Partida correspondiente a Crédito Adicional para financiar erogaciones corrientes, solo para financiar partidas en el Rubro Operación, informando inmediatamente al Concejo Deliberante para su conocimiento.
Faculta además al Directorio del Ente a ampliar el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos, en el caso de registrarse mayores ingresos de los previstos, siempre que el destino del gasto corresponda a erogaciones de capital, informando inmediatamente al Concejo Deliberante para su conocimiento.
Dice además que las distintas aéreas del Ente deberán programar para cada trimestre del Ejercicio 2026 la ejecución física y financiera de su presupuesto siguiendo las normas del Directorio a través del Departamento Contable y advierte que el incumplimiento de las normas e instrucciones establecidas por el Directorio del Ente de Desarrollo Aerocomercial a través del área contable en materia de Programación de la ejecución presupuestaria, a que se refiere la ordenanza, «dará lugar a la no aprobación de los compromisos asumidos por las aéreas correspondientes».