
El Concejo Deliberante aprobó este jueves la privatización del servicio de recolección de residuos, por medio de la declaración de la emergencia ambiental y la autorización al Ejecutivo de la contratación directa de un privado.
El proyecto fue presentado sobre tablas por el concejal oficialista Felipe Sastre y contó con la aprobación de todos los concejales oficialistas a quienes se les sumaron los concejales de La Libertad Avanza, Yaiza Pessolani Bechet y Javier Aguilar, para lograr los nueve votos correspondientes a los dos tercios necesarios.
Los concejales de la oposición Carolina Amiano, Claudia Villalba y Guillermo Satalía Mendez, argumentaron en contra de la iniciativa.

El proyecto aprobado expresa:
Artículo primero: Declárese la emergencia ambiental en el ámbito de la Municipalidad de Concordia con el objeto de fortalecer la gestión integral de los residuos sólidos urbanos, minimizar el impacto negativo de los residuos generados por las actividades humanas, cuidar la salud de la población, garantizar el gasto eficiente de los recursos públicos, propender al desarrollo sostenible municipal, erradicar los microbasurales, preservar los cursos de agua que desembocan en el río Uruguay, mitigar el impacto negativo sobre las cuencas locales, preservar los humedales y, en definitiva, mejorar la calidad de vida de los concordienses. Todo ello en los términos y con los alcances establecidos en la presente ordenanza por el término de un año.
Artículo segundo: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal en el marco de la emergencia declarada en el artículo primero de la presente a la utilización de un régimen de compra por excepción para la locación o concesión de obras y o servicios, mano de obra, insumos, alquiler y o compra de maquinarias y/o equipos necesarios para la adopción de medidas tendientes a lograr los objetivos establecidos en el artículo primero.
Artículo tercero: Dispónese que el citado régimen de compras por excepción sea por medio de compra directa debiendo haber cumplimentado el procedimiento de inscripción como proveedores al momento de la entrega de la orden de compra. El monto disponible para este régimen no podrá superar la suma equivalente a 400 millones de pesos mensuales.
Artículo cuarto: A fines del control y seguimiento de las facultades otorgadas en el artículo segundo de la presente, se conformará una comisión especial compuesta por dos concejales del bloque oficialista, un concejal por cada bloque opositor y un representante del Departamento Ejecutivo Municipal. Dicha comisión deberá elevar en forma trimestral un informe al Consejo Deliberante respecto a las contrataciones y compras realizadas en el marco del citado régimen. Dicha comisión está facultada para solicitar informe, documentación y toda otra gestión tendiente al cumplimiento de su finalidad.
Artículo quinto: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal en el marco de la emergencia declarada en la presente ordenanza y en los términos de los artículos 99, inciso 1g y 182 de la ley de municipios 10.027 y sus modificatorias a concesionar el servicio público de gestión integral de residuos sólidos urbanos en el ámbito de la Municipalidad de Concordia a empresas particulares mediante los procedimientos de selección correspondiente y por el plazo máximo de seis años.
Artículo sexto: La Secretaría de Servicios Públicos o la repartición que en el futuro la reemplace será la autoridad de aplicación de la presente ordenanza, quedando de derogada toda otra norma que se le oponga expresa o tácitamente.
Artículo séptimo. La presente ordenanza entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo octavo: De forma.
Fuente: Redes de Noticias