El juez federal Ariel Lijo ordenó una pericia forense-acústica ultra detallada sobre los audios del escándalo de la ANDIS, en los que se escuchaba a Diego Spagnuolo (ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad), hablar de un circuito de sobornos que supuestamente llegaba hasta la Secretaria General de la Presidencia, Karina Milei.
Como parte de ese estudio técnico, la fiscalía de Franco Picardi solicitó que el ex funcionario aporte su voz, sin embargo la defensa se niega a prestar esa colaboración. ¿Puede modificar en algo la alteración del audio en la causa por hechos de corrupción?
“Me están desfalcando la Agencia (…), tiene (Daniel Garbellini, dos de Spagnuolo en ANDIS) que recaudar de los medicamentos y lo sube arriba”. “De lo que cobran de medicamentos tenés que poner el 8%, lo tenés que traer a la Suizo y nosotros lo subimos a la Presidencia”. “A Karina le llega el 3 % y el 1 % se va en la operatoria”. “Yo hablé con el Presidente. Tengo todos los whatsapp de Karina… Él no está metido, pero es toda la gente de él. Van a pedirle guita a los prestadores”.
Aquellos son algunos de los audios que tomaron estado público en agosto de 2025 y derivaron en las primeras medidas de investigación en el marco del caso que terminó corroborando un circuito de coimas alrededor de la compra de medicamentos e insumos ortopédicos en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).
La primera ruta de sobornos determinada por el fiscal Picardi involucra cifras que superan los 30.000 millones de pesos. La segunda instancia de investigación, que derivó en 35 nuevas indagatorias, da cuenta de compras irregulares y con sobreprecios para su posterior retorno en concepto de coimas, de 75.000 millones de pesos.
Con el avance de la causa, la defensa de los dueños de la droguería Suizo Argentina, a cargo de Martín Magram, pidió la realización de una pericia técnica que dé cuenta de la veracidad de los audios, que primero se publicaron mediáticamente y después originaron la causa penal.
Al reclamo constante del abogado se sumó la defensa de Diego Spagnuolo, que siempre sostuvo que esos audios eran “truchos”, “falseados” e incluso “creados con inteligencia artificial”.
En función de esos argumentos, las defensas entendían que la causa debería anularse al señalar no sólo la presunta falsedad de los audios, sino el origen ilegal de los mismos: una violación a la intimidad y privacidad de Spagnuolo. Es decir, mientras no descartan que sean falsos, también barajaron la posibilidad de que hayan sido obtenidos mediante espionaje ilícito.
Un punto clave es aquello que escribió el juez federal Sebastián Casanello en la resolución a través de la cual procesó al ex funcionario de la ANDIS, a Daniel Garbellini como a un importante grupo de empresarios farmacéuticos. En este primer procesamiento no están involucrados Emmanuel y Jonathan Kovalivker, dueños de la droguería Suizo Argentina. Fuentes judiciales señalaron a Clarín que “continúan bajo investigación en una línea de trabajo que está avanzando”.
¿Qué había dicho Casanello en su fallo? “El devenir de este expediente en ningún momento se sustentó en el contenido de aquellos audios”. Así también lo había manifestado el fiscal Picardi, quien explicó que hay una gran cantidad de pruebas individuales respecto a los audios, que los mismos “no fueron incorporados como prueba al expediente”, y que hay información y pruebas en el expediente “anteriores a las grabaciones”.
Las defensas insistieron ante la Cámara Federal porteña respecto a la necesidad de realizar una pericia técnica sobre los audios que a la fiscalía le revistieron el grado de sospecha suficiente para iniciar la investigación penal, pero que jamás incorporó como prueba.
Los camaristas Martín Irurzun y Roberto Boico fueron los que sostuvieron que era necesario “establecer origen y veracidad” de los audios y se ordenó proceder en consecuencia.
La defensa de Spagnuolo indicó que los audios “son falsos”. En segundo lugar, se indicó que se habían editados. Y finalmente, que si existiera algo parecido -a los audios que se hicieron públicos- “sin inteligencia artificial, está extraído de una supuesta conversación donde no escuchamos al interlocutor”.
Con la orden de la Cámara Federal. el juez Lijo ordenó el trabajo pericial para el cual se fija un estricto cuestionario técnico de diez puntos para determinar si las grabaciones donde se menciona a Karina Milei y a «Lule» Menem son reales o si fueron editadas o clonadas con Inteligencia Artificial.
Sin embargo, explicaron fuentes judiciales, ante el requerimiento fiscal de que Diego Spagnuolo aporte su voz para realizar uno de los puntos de la pericia, la defensa se opuso a tal pedido. “La defensa de Spagnuolo arrancó diciendo que era todo falso, que era todo IA. Y ahora no quieren aportar la voz para la pericia Si es todo IA como dicen, ¿cuál es el problema en aportar su voz?”, indicó a Clarín una fuente allegada al expediente.
En Comodoro Py creen que si las conversaciones fueron alteradas con IA “no cambia nada en lo ya investigado”. Incluso alcanza con que “aparezca la voz de Spagnuolo en algún tramo sin IA es suficiente para determinar que es su voz y habla de corrupción”.
Se vuelve a remarcar desde los investigadores la misma premisa: “No se usaron nunca los audios como prueba. Solo para iniciar la investigación, como noticia criminal, con la denuncia y notas periodísticas. Ya era un tema de difusión e interés nacional”.
El cuestionario que los peritos deben responder de forma obligatoria es extremadamente quirúrgico. Se centra en desmenuzar el audio en tres niveles: La prueba de identidad (cotejo de voz) es el punto que generó discrepancias, ya que el juez haciendo lugar al pedido del fiscal ordenó convocar a Spagnuolo para que aporte «material indubitado». Es decir, el exdirector de la ANDIS tendrá que grabar muestras de su voz real ante los peritos.
La defensa sostuvo que este punto fue incorporado de manera posterior y que “es improcedente”.
También se ordenó un cotejo biométrico, es decir comparar los parámetros acústico-fonéticos de los audios filtrados con la voz real de Spagnuolo para determinar el grado de compatibilidad científica.
Como uno de los planteos centrales siempre fue que se trata de un audio realizado con IA, el juez Lijo pidió analizar técnicamente el «filtro de Inteligencia Artificial» (La sospecha de clonación). ¿Es humano o sintético? El punto 5 de la pericia es clave. Ordena analizar si la voz capturada es natural o si fue generada por sistemas automáticos de Inteligencia Artificial (como voice cloning o text-to-speech). Para esto, manda a medir variables ultra específicas como el jitter y shimmer (microvariaciones de la voz), la respiración natural y la coarticulación.
Después se exige detectar de manera taxativa indicios de deep voice manipulation (modificación profunda de voz) o procesamiento mediante síntesis digital.
Hay otros puntos que son parte del estudio pericial ordenado por el magistrado, para buscar indicios de edición posterior. Los peritos deben marcar los minutos y segundos exactos donde haya cortes, baches, inserciones no naturales, pérdida de lógica acústica o superposición de capas.
A pedido del abogado defensor Martín Magram, Lijo le impone un protocolo de seguridad informática extremo a los laboratorios para garantizar que la prueba no se rompa o se altere. Se determina que toda copia de trabajo debe realizarse sobre «imágenes forenses» verificadas (clones digitales idénticos), quedando prohibida la manipulación directa sobre el soporte original.
Bajo la premisa de la “transparencia total”, los peritos oficiales deben detallar con precisión qué software están usando, qué versión, qué tipo de licencias, y dejar constancia del hardware y sistemas operativos empleados, garantizando el control absoluto de las defensas en cada etapa del proceso.
Una vez que los peritos acepten el cargo en el juzgado, el expediente se girará oficialmente a la Dirección Criminalística y Estudios Forenses de la Gendarmería Nacional para dar inicio a los ensayos mecánicos y de laboratorio.
