El Senado aprobó ayer jueves el proyecto de ley de “soberanía energética”, que declara que los recursos naturales hídricos existentes en el territorio provincial y la energía que se produce como fruto de su explotación corresponden al dominio originario del Estado entrerriano conforme las previsiones constitucionales del orden nacional y provincial.
Sobre la iniciativa hubo dictamen de mayoría, que fue aprobado por 14 votos, y de minoría de la oposición. Al respecto, el senador Ángel Giano (FpV-Concordia), argumentó: «Creemos que el gobierno nacional no nos paga ni por el río ni por la energía que genera el río y si somos dueños del recurso, somos dueños de sus frutos”. Desde Cambiemos, Raymundo Kisser (Paraná) destacó: “Si bien compartimos muchos argumentos, nosotros decimos que la metodología para reclamar lo que es nuestro no es en el marco de una ley provincial. No estamos en contra de que este complejo hidroeléctrico no sea de los entrerrianos sino en cuanto a que no lo podemos reclamar por una ley provincial”. También fue aprobado el proyecto de creación como Ente Autárquico Descentralizado del Coprev.
La iniciativa de soberanía energética declara además que los recursos naturales hídricos existentes en el territorio provincial y la energía que se produce como fruto de su explotación corresponden al dominio originario del Estado entrerriano conforme las previsiones constitucionales del orden nacional y provincial.
También declara que por razones históricas, jurídicas y económicas se encuentra comprendido el Complejo hidroeléctrico de Salto Grande en la parte que le corresponde a la República Argentina en el Convenio y Protocolo Adicional de 1946 entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay y demás legislación pertinente.
A su vez, se encomienda al Poder Ejecutivo Provincial, al Poder Legislativo Provincial y a las representaciones legislativas de la Provincia en la Nación la realización de las gestiones pertinentes ante el Poder Ejecutivo Nacional y/o el Congreso de la Nación para obtener el reconocimiento del derecho de propiedad del Complejo Hidroeléctrico de Salto Grande en la parte que le corresponde a la República Argentina en el Convenio y Protocolo Adicional de 1946 entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay.
El Poder Ejecutivo deberá acordar, convenir y concertar con las restantes jurisdicciones provinciales o nacional; lo relativo en cuanto al uso y aprovechamiento de las cuencas hídricas comunes.
Al fundamentar el proyecto, uno de los autores, el senador Giano, argumentó: “Creemos que el gobierno nacional no nos paga no por el río ni por la energía que genera el río y si somos dueños del recurso, somos dueños de sus frutos”.
“Se trata de un proyecto que declara, por un lado , la propiedad originaria de nuestros recursos naturales, principios claramente constitucionales, y también y como consecuencia la soberanía energética provincial” aclaró.
Y recordó, entre otras cosas, que “partir del año 1994, en la nueva Constitución Nacional, se estableció que corresponde a las provincia el dominio de los recursos naturales de su territorio. Creemos que Entre Ríos tiene dos recursos naturales los hídricos sino también de la energía natural que se genera”.
Según Giano “esta ley ayudará al Poder Ejecutivo provincial y a los legisladores nacionales a gestionar la provincialización de Salto Grande ante el gobierno nacional”.
Por su parte, Kisser destacó que “si bien compartimos muchos argumentos, nosotros decimos que la metodología para reclamar lo que es nuestro no es en el marco de una ley provincial. No estamos en contra de que este complejo hidroeléctrico no sea de los entrerrianos sino que en cuanto a que no lo podemos reclamar por una ley provincial”, remarcó.
Seguidamente el senador leyó el dictamen de minoría que sostiene, entre otros puntos, que “no se oponen al objetivo final sino a la metodología. Decimos que debemos partir que nadie puede estar en contra de la provincialización de la represa de Salto Grande. El hecho está que esa soberanía surge de las propias constituciones provincial y nacional por lo cual dictar una ley termina siendo inocuo”, expresó.
Recordó que «hay acuerdos internacionales y leyes nacionales que ameritan actuar con prudencia. La sanción de una ley no es la vía adecuada sino una comunicación instando al Poder Ejecutivo de Entre Ríos para que gestione ante el gobierno nacional el traspaso de la represa».
Finalizó diciendo que “seria de imposible cumplimiento esta ley provincial, incurriría en inconstitucional por haber normas de mayor jerarquía”. Y felicitó a la senadora nacional Sigrid Kunath por la presentación de un proyecto de comunicación instando al Poder Ejecutivo a reconocer el “derecho de propiedad” de Entre Ríos sobre el complejo hidroeléctrico de Salto Grande.