Ingresó al Concejo Deliberante un proyecto remitido por el Ejecutivo en referencia al comodato sobre el predio en la Costanera que tiene el Club Viajantes, donde funciona el boliche «Costa Cruz». Al respecto, desde la Municipalidad precisaron que «el objetivo es que se cumpla con lo que establecen las normativas y se le dé al predio el uso para el que fue destinado».
A través del proyecto de ordenanza que remitió el Ejecutivo Municipal a cargo del Intendente Enrique Cresto, se busca dejar sin efecto la ordenanza nº 34.978 del año 2012. Mediante dicha ordenanza la Municipalidad hizo entrega en comodato por 20 años al Club Viajantes del predio ubicado en calles Avenida de los Pueblos Originarios y Maciel García, para fines sociales, culturales y deportivos. No obstante, la institución alquiló el inmueble a la empresa Reyla SRL, y es de público conocimiento que allí funciona el boliche bailable conocido como Costa Cruz.
«La Municipalidad intimó al Club Viajantes a que presente la documentación respectiva sobre el contrato de locación con la empresa Reyla SRL, y en una contestación por escrito, la institución dijo desconocer dicho contrato de locación. Pero el contrato, firmado ante Escribano Público, se encuentra agregado al expediente que tiene la Justicia en la causa por el grave accidente del joven Bruno Escobar», señaló la Coordinadora de Gabinete María de los Ángeles Petit. «Ante esta situación, con el fin de regularizar y transparentar esta situación, y de que se aclare todo lo referente al uso que debe tener ese predio, el intendente Cresto nos instruyó para que presentemos un proyecto al Concejo Deliberante para que tomen conocimiento de esta situación e intervengan dejando sin efecto el comodato del predio», puntualizó Petit.
En los considerandos del proyecto de ordenanza que anula el comodato con el Club Viajantes, se señala que «el ocultamiento» de información respecto a la documentación referida al contrato de alquiler entre esa institución y una SRL, produce «la ruptura de la confianza entre las partes y el principio de buena fe que debe regir entre las mismas», es decir entre el Club Viajantes y la Municipalidad. Y se señala que «no se ha utilizado el inmueble con el objetivo determinado en el art. 2º de la Ordenanza Nº 34978/2012, ya que desde el inicio del mismo y hasta la fecha, ha cedido el uso de la mayor parte del predio a través de un contrato de locación con una empresa privada».