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Denunciaron anomalias en la pauta de $ 28 millones para el hijo de De Vido

Facundo-De-VidoLos papeles de la contratación directa entre el ministro Pedro Báez y la empresa de Jorge «Corcho» Rodríguez y Facundo De Vido, Nelly Entertainment SA, presentarían deficiencias que podrían configurar un delito penal. 

(Publicado por el sitio www.entreriosahora.com) Como si fueran pocas las sospechas que recaen sobre la millonaria y aceleradísima contratación directa concretada en diciembre de 2014 entre el ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, y la empresa de Jorge «Corcho» Rodríguez y Facundo De Vido, Nelly Entertainment SA, un informe al que tuvo acceso el sitio Entre Ríos Ahora devela, además, que la oferta de la agencia porteña presentaría deficiencias que, de constatarse, podrían constituir un delito. Por ejemplo, que los documentos societarios que Rodríguez y De Vido debieron acompañar para ganar el cotejo de precios, fueron certificados por un escribano público de Buenos Aires el mismo día en que se presentaron en Paraná, e incluso en algún caso, un día después.

 

El contrato original con Nelly Entertainment SA fue por $31 millones. Pero después, a principios de septiembre último, el Gobierno salió a «corregir» esa cifra. A través del decreto Nº 5.364 se indicó que una de las agencias publicitarias contratadas para la difusión de la 47ª Cumbre de Presidentes del Mercosur, que tuvo lugar a mediados de diciembre en Paraná, comunicó «el día 11 de diciembre del corriente año, diferencias surgidas en la duración de los spots suministrados, así como algunos cambios de último momento en la grilla de los canales, lo cual generó una demora en el inicio de la campaña, que provocó la necesidad de reprogramar dicha grilla prevista manteniendo el mismo impacto comunicacional, lo cual a su vez se tradujo en una disminución del monto presupuestado, siendo el nuevo valor total» de $28.400.000.

Pero sea una u otra la cifra, el expediente de pago se tramitó de modo sospechoso.

El expediente administrativo Nº 1656798, llamado «Área Técnico Administrativa – Dirección General de Despacho – Subsecretaría de Gestión Administrativa y Asuntos Jurídicos – Secretaría de Comunicación – Ministerio de Cultura y Comunicación – Poder Ejecutivo», no deja de sorprender a los propios burócratas, habituados a hojear voluminosos legajos en los que se plasman contrataciones del Estado.

Como publicó Entre Ríos Ahora, la contratación directa con la empresa de Buenos Aires, Nelly Entertainment SA, de Jorge «Corcho» Rodríguez y Facundo de Vido -hijo del ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, Julio de Vido-, tuvo por objeto la difusión de cuatro spots en las redes sociales, con motivo de la 47° Cumbre del Mercosur.

Sin embargo, el negocio millonario habría sido incorrectamente encuadrado en la autorización legislativa del artículo 2º de la Ley 10.327, que autorizó a la administración del gobernador Sergio Urribarri a contratar en forma directa, sin licitación. En esa norma, permitió al Poder Ejecutivo realizar contrataciones directas para obras, servicios y suministros «inherentes» a la reunión de Jefes de Estado que se realizó en diciembre del año pasado en Paraná, pero los videos que el Ministerio de Cultura hizo difundir en las redes sociales se referían a propaganda de la gestión de los siete años de gobierno de Sergio Urribarri.

La sospecha de quienes siguieron de cerca el procedimiento es que la pauta se utilizó para financiar la campaña a presidente del por entonces precandidato Urribarri. Pese a eso, no deja de asombrar que el trámite haya obtenido el visto bueno de diez funcionarios del máximo nivel de los organismos de control interno del Estado Provincial en sólo 5 días hábiles.

No es menos llamativo que en sólo 4 días se haya realizado todo el procedimiento de compra, incluido el llamado a ofertar, que sólo se publicó en El Diario de Paraná y pese a ello concitó la atención de cuatro empresas de Buenos Aires.

 

FECHAS ERRADAS

 

Un fisgón que puso la lupa sobre el expediente -lupa que, dicho sea de paso, podría recoger algún fiscal que acostumbre a mirar las noticias, aunque sea en las redes sociales-, advirtió un par de perlas más del expediente más rápido de la historia de la Administración Pública Provincial: una es quizás sólo una anécdota jocosa. La otra, podría ser indicio de un delito penal.

La primera cuestión es que al acercar su oferta, Nelly Entertainment SA expuso en su carta de presentación su propuesta de «difusión de acciones comunicaciones que permitan instalar en todo el territorio nacional el resultado de la gestión de los últimos siete años de Gobierno». Quizás el apuro, el entusiasmo o vaya a saber qué motivo, llevó a Rodríguez y De Vido a revelar el verdadero objetivo de la contratación directa, sin mencionar siquiera la 47° Cumbre del Mercosur.

El segundo detalle que las fuentes periodísticas revelaron a este medio es más grave: pese a que el sobre cerrado con la oferta de Nelly Entertainment SA ingresó a la Mesa de Entradas de la Unidad Operativa creadas especialmente para la Cumbre, el 9 de diciembre de 2014, a las 7.31, ese mismo 9 de diciembre de 2014, el escribano Antonio Miguel Berro Madero, de la localidad bonaerense de San Isidro, estaba certificando las copias que la empresa debía presentar en el marco de la convocatoria de la Resolución 54 de la Unidad Operativa.

Peor aún, el 10 de diciembre de 2014 -un día después de que la empresa presentó la oferta con las copias certificadas de sus estatutos y demás aspectos formales requeridos- el Colegio de Escribanos de San Isidro dio fe de que la firma del apoderado de la empresa y responsable de la presentación del sobre en Paraná, Pablo Carlos Guerrero, correspondía a ese notario, socio de Berro Madero en la Escribanía de calle 384 1º Piso Oficina 1 de la ciudad de San Isidro.

El detalle no es menor. Probaría que los requisitos para la presentación de la oferta fueron cumplidos un día después de que, según el expediente, se acercó efectivamente la propuesta de Nelly Entertainment. Es decir que, o son falsas las certificaciones de los documentos de la empresa publicitaria, o se falseó la fecha de su presentación ante la Unidad Operativa para incluirla entre las ofertas válidas.

En cualquiera de los dos casos, se configuraría un delito penal.

Fuente: Entre Ríos Ahora

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