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Diputados exigen al Ejecutivo que disuelva la empresa Salud Entre Rios

En la próxima sesión de la Cámara de Diputados tomará estado parlamentario un proyecto de Resolución por el que se demanda al gobernador de la provincia, Sergio Urribarri, que declare ineficaz el acto de aprobación del Estatuto constitutivo de Salud Entre Ríos Sociedad del Estado y disponga la disolución de la compañía, confirmó AIM.

La diputada socialista María Emma Bargagna promueve en la Cámara Baja de la provincia un proyecto de Resolución que insta al Poder Ejecutivo a que “declare ineficaz el acto de aprobación del Estatuto constitutivo de Salud Entre Ríos Sociedad del Estado, ya que el Decreto 1884 que le dió causa y origen no ha sido dado a publicidad”.

En ese marco, se exige que “se disponga con urgencia la disolución”, ya que por tratarse de una Sociedad del Estado “su constitución debió estar precedida por una Ley o un Decreto a través del cual el Estado, por intermedio de alguno de sus órganos con atribuciones y poder suficientes, lo originaran. Y ese acto administrativo debió tener la publicidad suficiente que permitiera a los administrados conocerlo y, en su caso, impugnarlo”, ya que la publicidad integra del Decreto le otorga validez.

“Pero esto no sucedió. El Decreto que originó la Sociedad aún no ha sido dado a publicidad, es decir, el acto no se ha integrado”, y, sin embargo, la dirección de Inspección de Personas Jurídicas ya le ha dado aprobación a la Sociedad que el Decreto crea y ha ordenado la publicidad de un extracto del Estatuto.

En ese marco, la legisladora argumentó que la omisión o incumplimiento de las formas de instrumentación o de las formas de publicidad “puede afectar en distintos grados la validez del acto”, es más la ejecución” implicaría la violación de la Constitución Nacional”.

LA TERCERIZACIÓN DE LA SALUD Y LA AMBIGÜEDAD DE LA SOCIEDAD

La nueva sociedad creada se constituyó con fondos públicos, que implica un capital inicial es de 50.000.000 de pesos.

El objetivo de la empresa sería administrar el nuevo hospital del Bicentenario de Paraná, en el que por aplicación de las reglas que rigen las Sociedades del Estado, en ese nosocomio médicos, enfermeras y demás personal estarían trabajando por fuera del régimen de empleo público y de la Carrera, ya que les caben las normas laborales de las empresas privadas, entre otros aspectos de crucial trascendencia.

Y por disposición del régimen de las Sociedades del Estado, las compras tampoco se harán por el sistema de contabilidad y contrataciones del Estado, es decir, que los precios y la calidad de las cosas que se adquieran serán resorte exclusivo del directorio y patrimonio de esa Sociedad, es decir, garantía de los acreedores en caso de insolvencia.

El Hospital del Bicentenario sería primero en integrarse al objeto societario, pero las cláusulas del Estatuto están llamadas a más y es probable que se tenga en miras ampliar la intervención y esfera de ejecución a otras cuestiones de importancia económica: las compras de medicamentos, aparatología médica y mobiliario que con frecuencia debe realizar Salud Pública.

Por otro lado, la diputada advierte que la redacción del Estatuto “resulta particularmente peligrosa debido al gran poder que se le otorga a esta Sociedad para acaparar hasta dónde le permitan sus ganas, su imaginación y discrecionalidad una de las funciones más importantes del Estado, recortando deberes, funciones y atribuciones del Estado en materia de Salud Pública”.

“Lamentamos que Urribarri mencione entre sus inspiradores al Ramón Carrillo. Si éste viviera lo denunciaría por traicionar su legado y violentar los deberes más sagrados del Estado entregando cuotas de poder -y de funciones sustanciales como son las que debe prestar a través de la Salud Pública”, aseguró la legisladora.

En ese marco, la abogada subrayó que “se infiere que el gobierno que hoy conduce los destinos de la provincia se ha desprendido de una parte sustancial y quizá la más trascendente de sus obligaciones, atribuciones y deberes para delegarlas, -sin una ley de autorización mediante-, a una Sociedad de corte cuasi privado regida por una Ley sancionada en el año 1974, cuya razón de ser fue avanzar en la privatización de Empresas del Estado que aportaban gran rentabilidad e independencia a la Nación Argentina. Eran las épocas de Isabelita”.

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