El Consejo General de Educación (CGE) publicó una resolución que busca agilizar la asignación y reasignación de funciones al personal docente que se encuentre en situación de incapacidad por enfermedad inculpable.
La nueva resolución se fundamenta en la Nº 2550/13 CGE, que ya reglamenta el Cambio de Funciones del personal docente con incapacidad. Sin embargo, la 1638/25 CGE va un paso más allá, otorgando a las Direcciones Departamentales de Escuelas una autorización directa para instrumentar la reasignación de funciones, siempre en articulación con las Direcciones de Nivel y Modalidad.
«Se reglamentó el Cambio de Funciones del personal docente en situación de incapacidad por enfermedad inculpable, estableciendo un marco normativo que permite asignar tareas acordes a las condiciones psicofísicas determinadas por Junta Médica», explica uno de los considerandos de la resolución. Esto significa que los docentes, cuyas condiciones psicofísicas no les permiten seguir en sus funciones habituales, podrán ser reubicados en tareas pedagógico-didácticas, administrativas o comunitarias que se ajusten a sus aptitudes.
La resolución fue publicada en el Boletín Oficial Nº 28.116.
Entre las funciones pedagógico-didácticas contempladas, se destacan aquellas vinculadas a la orientación pedagógica, la participación en proyectos educativos de acompañamiento de trayectorias escolares y el apoyo a actividades didácticas. La resolución destaca que estas tareas son «compatibles con el perfil de la figura de la Orientadora Pedagógica en las escuelas de nivel inicial primario».
La medida busca «alcanzar las metas del Plan Educativo Provincial 2023-2027», que incluye iniciativas como el Plan Provincial de Alfabetización, la Red de Escuelas que Transforman y el programa Escuela y Comunidad.
Para ello, se autoriza a las Direcciones Departamentales de Escuelas y a las Direcciones de Nivel (Inicial, Primario, Secundario, Especial, Técnico Profesional, de Jóvenes y Adultos) a «asignar o reasignar funciones en el marco de los Planes y Programas que se desarrollan en el Plan Educativo Provincial 2023 – 2027», según lo expresado en el Artículo 1º de la resolución.
Asimismo, la normativa aclara que las Direcciones Departamentales llevarán a cabo estas reasignaciones a través de Disposiciones, las cuales serán posteriormente informadas a las Direcciones de Nivel para la emisión de la Resolución pertinente.
El Artículo 3° de la resolución enfatiza que «será responsabilidad de las Direcciones de Nivel y de Educación, proponer los perfiles necesarios para el desempeño de las tareas que se requieran en el desarrollo de Planes y Programas», teniendo en cuenta siempre los antecedentes académicos y laborales del agente.
Fuente: APFDigital