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El Senado dio media sancion al proyecto de ley referido a Comunas

Se trata de la reglamentación de una de las modificaciones introducidas a la Constitución Provincial en el año 2008. Cabe recordar que en junio de 2009 se presentó en diputados un proyecto sobre el tema, se le dio media sanción y la Cámara Alta lo envió al archivo. En la Cámara Baja también hubo otras propuestas. Finalmente, por iniciativa del senador Enrique Cresto, el tema fue retomado en los últimos meses y los legisladores – unificando la tarea realizada en estos años – dieron curso a un proyecto de ley sobre comunas de Cresto y Eduardo Melchiori (Departamento Islas).

Cresto, al fundamentar sobre tablas la norma, destacó el trabajo realizado en el marco de las comisiones del Senado y recordó que en 2008 se marcó un camino, que era ir hacia la autonomía. Enfatizó los fuertes beneficios económicos que han tenido los municipios en los últimos años, lo que les da mayor independencia y les permite consolidarse institucionalmente.

Agregó que en igual sentido se trabajo el concepto de Comunas, para seguir “en un camino de transformación en la provincia de Entre Ríos”. “Va a ser el proyecto más importante de esta legislatura en los últimos años”, lanzó y dijo que “hay un escenario nacional que permite avanzar en este sentido, en una provincia que tiene una buena distribución de sus habitantes en todo el territorio”.

Dijo que hay que “aprovechar estos equilibrios que son posibles por la administración que ha hecho el gobernador Sergio Urribarri, por eso hay que ocuparse de 194 centros rurales de población, que hoy son delegaciones del Poder Ejecutivo y no cuentan por ello con la capacidad para contraer obligaciones”.

Recordó que en 1949 más del 40 por ciento estaba en centros rurales y hoy día hay alrededor del 20. “Si logramos esta reforma, lograremos darle a los pobladores razones e instrumentos institucionales para sigan viviendo allí “, destacó Cresto.

Se refirió al impacto económico positivo que tendrán a medida que se vayan constituyendo las comunas en los próximos años.  Precisó que en 2014 se destinó alrededor de 50 millones a las Juntas de Gobierno. Cresto dijo que una vez aplicada la nueva ley, se distribuirán más de 170 millones de pesos e indicó que “esto no será automático, hay un tiempo de trabajo para ir constituyendo las comunas” y agregó que “para reglamentar esto van a participar todos los organismos del Estado que irán acompañando los cambios que va a generar en las comunas”.

Estimó que de las 194 juntas de gobierno, se transformarán en alrededor de 130 comunas. Mencionó que oportunamente se habló de este tema con el Gobernador de la provincia en reuniones mantenidas en el año 2014 y dijo que “con la transformación en comunas, los territorios podrán acceder a programas nacionales, porque serán sujetos de derecho y se dejará de perder dinero que no se puede ejecutar por esta situación que se intenta solucionar con la sanción de este proyecto”.

En tanto Melchiori señaló que “es necesario explicar este proyecto porque hace a la transformación profunda de la institucionalidad en todo el territorio”.  Puntualizó que “los que recorren estos espacios, dimensionamos claramente lo que significará con los años la creación de las comunas, porque le da al habitante una herramienta que le permitirá mejorar la forma de vida en el territorio y llevará a muchos a luchar por el crecimiento, porque además participarán de otro modo de la vida institucional”.

El legislador de Islas dijo que “habrá mayor protección para los habitantes y se ha pensado en un mecanismo de trabajo que promueve y profundiza la participación” y se abrirán posibilidades como son por ejemplo, la instalación de industrias en los terrenos que pasarán a ser pertenencia de la comuna.

Añadió como uno de los cambios la posibilidad de generar sus ingresos. Anticipó que habrá que trabajar para profundizar los lazos de cercanía y lograr la conformación de los circuitos electorales. “Será un desafío encontrar el modo de administrar las nuevas formas y para eso estará la provincia, los legisladores, acompañando, para que todos puedan crecer. Es una obligación acompañar”, destacó.

El Senador de Victoria, César Garcilazo, dijo que “es una herramienta importante y comprometedora, porque es parte del esfuerzo que siempre tenemos que hacer para que la gente que vive en esas zonas, no emigre, lo que redunda en proteger una calidad de vida que es única”.

“Tenemos que llevar a nuestros territorios esa idea de cambiar para seguir, con un sistema institucional que no descuida a la gente que vive en lo que hoy son las Juntas de Gobierno”.

El senador de Diamante, Daniel Kramer, dijo que “es satisfacción y alegría en lo personal y nos llevamos la idea de informar en muchos lugares, la posibilidad de seguir creciendo de un modo distinto, con un acompañamiento concreto del Estado”.

“Tenemos todo para colaborar, para hacer un trabajo que nos desafía”, sostuvo y previó que “serán los senadores los que deberán hacer un trabajo importante, en esta y otras composiciones legislativas”. Para Kramer “se toma hoy una decisión histórica que va a impactar en muchos pueblos que son muy representativos de la provincia de Entre Ríos”.

También opinó sobre el tema el Senador Natalio Gerdau, que comentó a sus pares que en su territorio hay muchos espacios con un importante número de pobladores. “La ley va a responder a una necesidad de la Entre Ríos profunda que queremos defender con este trabajo”, acotó. En el mismo sentido, la senadora Ester González, a cargo de la presidencia, hizo mención a su acuerdo y apoyó a los alcances del proyecto y compartió los dichos de sus pares.

 

EL PROYECTO

 

El proyecto establece las normas de organización, competencia y funcionamiento de las comunas, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 232, 253 siguientes y concordantes de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos y define como “comuna” a toda extensión territorial que congregue una población estable con un número no inferior a doscientos (200) habitantes ni superior a un mil quinientos (1.500), que no esté comprendida en ningún radio municipal.

Precisa que son “unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial, patrimonio y personería jurídica propias, que gozan de autonomía en los términos de la Constitución provincial”. En cuanto a su futura aplicación el texto indica que para que una extensión territorial de población sea declarada Comuna, se requiere que por lo menos veinte (20) vecinos con radicación en la jurisdicción formulen la solicitud respectiva al Poder Ejecutivo, interesando su constitución con ese carácter.

La comuna será gobernada y administrada por una Comisión Comunal, órgano colegiado que concentra las funciones deliberativas y ejecutivas, que tomará sus decisiones por el voto de sus miembros, según las mayorías que en cada caso correspondan. Los vocales serán elegidos directamente por el electorado integrado de conformidad a lo prescripto por el Artículo 251° de la Constitución de la Provincia.

La comisión será de cinco miembros y para acceder al cargo de vocal se requiere haber cumplido los 18 años de edad, ser argentino nativo o naturalizado, tener como mínimo dos (2) años de residencia inmediata en la comuna, y que no se encuentren incursos en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en los Artículos 72 y 72 Bis de la Ley 10.027, Orgánica de los Municipios.

 

 

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