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El Senado dio media sancion al proyecto que deroga la prohibicion de vender madera a Uruguay

senadoEl Senado entrerriano dio media sanción al Plan Maderero Entrerriano, una iniciativa que provocó fuertes reacciones entre los ambientalistas de la provincia, y en especial en Gualeguaychú, puesto que la iniciativa deroga la ley 9759, cuyo artículo segundo estipulaba: «Con la finalidad de preservar los derechos ciudadanos a un ambiente sano no se permitirá a las empresas radicadas en la Provincia de Entre Ríos la venta de rollizos o chips, en forma directa o indirecta, a las industrias establecidas o que se establezcan en la República Oriental del Uruguay, cuya finalidad es la producción de pasta celulósica con procesos químicos o semiquímicos. Asimismo se prohíbe el ingreso a la jurisdicción provincial de rollizos o chips de madera transportada con destino a dichas industrias». 

Tal como se preveía, el Senador por Gualeguaychú, Juan José Bahillo, contrariando la decisión de los restantes legisladores de su bloque, votó en contra.

La actitud de Bahillo se alineó con el fuerte rechazo que provocó en los sectores ambientalistas la derogación de la prohibición de venta de rollizos a la pasteras uruguayas, incluida UPM.

Los Senadores introdujeron modificaciones al proyecto que envió en octubre del año anterior el Poder Ejecutivo. El presidente de la comisión de producción, Mario Torres, explicó que «se tuvieron en cuenta los aportes de todos los sectores que recibimos en el marco de la comisión de producción».

Torres consideró «erróneo» sostener que tan solo se trata de derogar una ley provincial. «Se intenta generar una controversia entre la forestoindustria y el medio ambiente, y eso está absolutamente alejado de nuestro trabajo», resaltó.

 

LOS 14 PRINCIPIOS RECTORES DEL PLAN

 

  1. a) Generación de mano de obra genuina y local
  2. b) Promoción de las inversiones que se efectúen en nuevos emprendimientos forestales y en las ampliaciones de los bosques existentes, siempre y cuando se aumente la oferta maderera a través de la implantación de nuevos bosques, incluyendo las actividades de investigación y desarrollo, así como las de industrialización de la madera.

Todo emprendimiento forestal o forestoindustrial, deberá incluir un estudio de impacto ambiental, y adoptar las medidas adecuadas que aseguren la máxima protección forestal, las que serán determinadas por la Autoridad de Aplicación, con el objetivo de asegurar el uso racional de los recursos.

  1. c) Tendencia a la preservación del bosque nativo y utilización del bosque de implante según lo indicado en el ordenamiento territorial de bosques nativos adoptados por la ley provincial Nº 10284
  2. d) Garantizar los presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos previstos en la Ley Nacional 26.331.
  3. e) Aprovechamiento del potencial tecnológico, científico y estructural de la actividad;
  4. f) Sostenibilidad del ecosistema; los bosques deberán desarrollarse mediante el uso de prácticas enmarcadas en criterios de sustentabilidad de los recursos naturales renovables.
  5. g) Participación de todos los actores involucrados en la cadena de valor;
  6. h) Aumento de la superficie implantada;
  7. i) Mejoramiento de la calidad de la producción primaria;
  8. j) Fomento y desarrollo de la industria de la madera en todas sus transformaciones;
  9. k) Promoción del financiamiento de la actividad;
  10. l) Incentivo del desarrollo de energías alternativas a través de la biomasa;
  11. m) Optimización del transporte multimodal fluvio-ferro-terrestre de mediana y larga distancia;
  12. n) Aplicación de la ley Nro. 10.027;

 

AUTORIDAD DE APLICACIÓN

 

Se define al Ministerio de la Producción como autoridad de aplicación y se le da la obligación de incentivar la implantación de materia prima, para que sea usada con el uso de recursos tecnológicos que garanticen la sustentabilidad de los emprendimientos.

También la Secretaría de Ambiente deberá hacer su aporte, en forma coordinada con el ministerio de Producción, para alcanzar «el cumplimiento de las normativas de calidad y contralor ambiental exigidas en las normativas específicas».

Tal como estaba contenido en la propuesta original, se deroga la ley 9759 y se invita a los municipios y comunas a adherir, considerando la posibilidad de brindar promociones fiscales.

 

EXPRESIONES DE TORRES

 

El Senador Torres explicó que el proyecto fue modificado, intentando reflejar los aportes recibidos de los sectores que fueron recibidos por la comisión de Producción. «Creo están incorporados los aportes de los ambientalistas, de los trabajadores», estimó.

Indico que se modificó el articulo uno del proyecto original, con el agregado de parámetros y principios rectores, los que deberá contemplar la autoridad de aplicación.

El legislador de Villaguay valoró el profundo consenso legislativo alcanzado, reflejado en una votación de 16 a 1. «La votación muestra claramente el fuerte apoyo de todas las bancadas que tuvo esta idea del gobernador, que ahora será enviada a Diputados», opinó en declaraciones a medios de Paraná.

 

DICHOS EN EL RECINTO

 

Al fundamentar el proyecto, el Senador Mario Torres recordó que cuando el gobernador anunció su idea de lanzar el «Plan Maderero Entrerriano» explicitó que el mismo tendría como objetivos la promoción, el desarrollo y el sustentamiento de la actividad foresto industrial, y mediante estos objetivos se buscaría preservar e incrementar los puestos de trabajo y la producción de madera.

Agregó que «más allá de la ley, que saldrá con los consensos necesarios como ha sido la impronta de este gobierno, de buscar los consensos legislativos, entendemos que éste es el punto de inicio para un plan foresto industrial de la provincia, con un observatorio que reúna permanentemente a todas las partes de la cadena para analizar y proyectar en el tiempo».

Explicó que es erróneo sostener que tan solo se trata de derogar una ley provincial. «Se intenta generar una controversia entre la forestoindustria y el medio ambiente, y eso está absolutamente alejado de nuestro trabajo», resalto.

«El espíritu de la ley es mejorar esta economía regional, ayudarla en toda su cadena y a generar mano de obra entrerriana, fuerte, y que se industrialice más en Entre Ríos», argumentó.

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