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El Senado reglamentó el Artículo 60º de la Constitución y la oposición lo tachó de “blindaje” a la reforma previsional

La Cámara Alta aprobó por mayoría la ley que reglamenta el efecto derogatorio del Artículo 60º de la Constitución Provincial. Mientras el oficialismo defendió la norma asegurando que aporta “certeza y seguridad jurídica”, desde la oposición advirtieron que busca restringir los amparos y “blindar” la reciente reforma previsional.

En el marco de una sesión extraordinaria que se realizó este martes al mediodía con breves demoras, el Senado Provincial dio tratamiento y aprobación por mayoría al proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo que reglamenta el efecto derogatorio previsto en el Artículo 60º de la Constitución de Entre Ríos. La jornada contó con las ausencias del senador Hernán Méndez (JxER) por problemas de salud, y de los legisladores Juan Diego Conti (PJ) y Claudia Silva (PJ) por razones personales.

El debate dejó en evidencia marcadas diferencias políticas y jurídicas entre los bloques. Desde el bloque de Más Para Entre Ríos, el senador Juan Pablo Cosso fundamentó la postura del bloque opositor de no acompañar la iniciativa. Cosso señaló que se solicitó un dictamen por escrito a la Asociación de la Magistratura que no llegó a recibirse debido a la aceleración del trámite legislativo.

En materia jurídica, Cosso advirtió: «No se está reglamentando el artículo 60, sino que se modifica su alcance. Se limita lo que se considera inconstitucional, como en los procesos de amparo, y se eleva la actuación del Superior Tribunal de Justicia (STJ)». Además, enfatizó el trasfondo político del proyecto: «Entendemos que la sumatoria de la aceleración del tratamiento y la restricción de los amparos busca el resguardo de normas que afectarán a gran cantidad de entrerrianos. Esta es una manera sutil de blindar la ley de reforma previsional».

En la misma línea, el senador Sanzberro (PJ) coincidió en que la norma representa un «blindaje legislativo» para la controvertida reforma previsional recientemente sancionada: «Esta iniciativa diluye el control constitucional. La Legislatura no puede restringir este precepto hasta tornarlo difícilmente aplicable».

Asimismo, explicó que con este nuevo esquema solo se computarán las sentencias dictadas por el STJ en pleno (excluyendo a las Salas, amparos y declaraciones de oficio) y que no bastará con tres sentencias de inconstitucionalidad, sino que además deberán coincidir estrictamente en sus fundamentos.

Por su parte, el senador Jaime Benedetti (JxER) defendió enfáticamente la propuesta del Ejecutivo argumentando que se busca dar predictibilidad al sistema legal. «Lo que estamos reglamentando es un pequeño párrafo. Estamos perfeccionando el instituto para dar certeza jurídica, porque está en juego la verdadera división de poderes y los contrapesos», sostuvo.

Benedetti recordó que en Entre Ríos rige un sistema de control de constitucionalidad difuso donde cualquier juez puede declarar la inconstitucionalidad para un caso concreto, lo que suele derivar en una gran cantidad de amparos con fallos contradictorios, citando como ejemplo decisiones dispares en la Municipalidad de Concordia.

«Necesitamos seguridad jurídica y un criterio previsible. Pretendemos dar certezas para que en un proceso de amparo u oficio no se declare inconstitucional sin este criterio», señaló, al tiempo que respondió a la oposición que no era indispensable esperar la opinión de la Asociación de Magistrados, dado que son los miembros del STJ quienes resuelven.

Tras los discursos, la iniciativa fue aprobada por mayoría en el recinto. Destacó en la votación el acompañamiento de las senadoras Nancy Miranda (exintegrante del bloque PJ, hoy Frente Cimarrón) y Gladys Domínguez (integrante del PJ), quienes votaron a favor del proyecto del Ejecutivo.

Finalmente, durante la misma sesión se dispuso que el proyecto relativo a Transparencia y Ética Pública regrese a sus respectivas comisiones para continuar con su análisis y debate.

Fuente: APFDigital

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