En diciembre de 2012, once psicólogos se presentaron a un concurso en el Juzgado de Ejecución de la Penas Nº 2 de Gualeguaychú a cargo del doctor Carlos Rossi. Algunos apelaron el resultado porque creyeron que se intentaba favorecer a uno de los postulantes, Franco Carboni – hijo de un ex juez y suplente en el cargo.
Esta apelación fue desestimada en duros términos por el tribunal examinador conformado por el Juez Carlos Rossi, la jueza Alicia Vivian y el Fiscal Mauricio Derudi, quien también salió a defender el criterio del tribunal en los medios de comunicación.
Los profesionales, convencidos de que tenían sólidos argumentos para sostener su postura recurrieron al Superior Tribunal de Justicia (STJ) buscando que se reconozca su igualdad ante ley.
Dos años y cuatro meses después, informan a la población que el STJ les ha otorgado razón en sus dichos, decidiendo: “anular la evaluación practicada, realizar un llamado de atención al tribunal examinador por la irregularidades advertidas violatorias de los principios básicos de todo procedimiento concursal como la transparencia, la igualdad, la preclusión de etapas, el debido proceso, la publicidad, el derecho a defensa y a ser escuchado, y nombrar un nuevo jurado”.
El STJ considera en su resolución “que resultan ostensibles y palmarias las irregularidades en que ha incurrido el tribunal examinador en el concurso (…) estimando especialmente graves algunas de ellas, como la que concede puntaje por un curso determinado al asistente y no al disertante (…) entre otras deficiencias directamente se cambian los criterios para calificar en el mismo momento de la evaluación (…) se delimitaron las pautas de evaluación de antecedentes de una manera irrazonable (…) con una regla que condujo en la práctica a lo absurdo”.