La Justicia Federal de Paraná declaró inconstitucional las multas a través del sistema de fotomultas que funciona en la provincia de Misiones. Se entendió en el pronunciamiento del magistrado de la capital entrerriana que tienen un fin recaudatorio y no el fijado por la ley nacional de Tránsito. Esta decisión sienta un precedente que podría provocar que se declaren inconstitucionales los mecanismos de infracciones de otras provincias.
Se supo que en las últimas horas el juez federal N° 2 de Paraná, Daniel Alonso resolvió declarar inconstitucionales las leyes provinciales de Misiones «que autorizan prescindir del claro mandato legal del artículo 70° del Reglamento Nacional de Tránsito sobre rutas de jurisdicción nacional». De esa manera, el juez hizo lugar al amparo presentado por paranaense Diego Beber Brunner, declarando la nulidad del acta de infracción de tránsito que se le impuso en Misiones.
Según Uno, en el expediente, se conoció que el conductor de Paraná hizo una presentación de amparo en la Justicia Federal contra la provincia de Misiones, impugnando por «manifiesta ilegitimidad el acta de comprobación de infracción emitida por la demandada y solicitando la suspensión del proceso administrativo iniciado por la Policía de Misiones».
El problema de fondo era establecer cuál era el verdadero fin de los operativos con radares y fotomultas, si existía un interés recaudatorio, o bien había un fin sancionatorio y reflexivo en el sistema.
Por los descargos que hicieron la policía y la provincia de Misiones, solo se tuvo en cuenta la emisión de la multa y su posterior interés en intimar al infractor que debería saldarla en un tiempo perentorio.