La Municipalidad de Concordia dispuso la disminución de la presencia de personal en sus oficinas y dependencias y para ello las áreas consideradas “no esenciales” funcionarán bajo la modalidad de “guardias pasivas” y sus empleados deberán presentarse en caso de ser requeridos, so pena de sumario administrativo en caso de incumplimiento.
El intendente Alfredo Francolini, aseguró que “queremos que el personal esté atento si los llamamos a trabajar”.
El decreto establece que “por razones sanitarias extraordinarias”, las áreas no esenciales de la Municipalidad de Concordia, desde hoy y hasta el 31 de marzo, prestarán servicio en forma de “guardias pasivas, entendiéndose por tales, el permanecer los agentes, en sus respectivos lugares de residencia, respetando las recomendaciones de cuidado, para evitar la propagación del COVID 19, de acuerdo a las disposiciones de las autoridades Nacionales, Provinciales o Municipales, y, a disposición, para presentarse de manera inmediata, a su lugar de trabajo, en caso de ser convocados”, precisa.
Destaca que “las Secretarías del Departamento Ejecutivo, garantizarán guardias mínimas, que aseguren el normal desarrollo de las actividades de su competencia, consideradas esenciales a efectos de contar con los elementos necesarios para la implementación, y prestación de los servicios; pudiendo cada secretaría readecuar, disminuir, aumentar y/o complementar las áreas y/o servicios esenciales, en la medida que la evolución de la situación así lo aconseje, pudiendo establecer las guardias y/o los agentes que resulten necesarios para cumplir con éstos servicios”.
Detalla como actividades y servicios que serán considerados esenciales, los siguientes: I- Areas operativas de la Secretaría de Desarrollo Urbano; II- Ente Descentralizado de Obras Sanitarias Municipal, III- Areas de la Secretaría de Hacienda, referente a la percepción, recaudación, administración, distribución y fiscalización de tributos y otros ingresos; compras y suministros, tesorería, contaduría, presupuesto, catastro, informática y recursos humanos; IV- Areas de la Secretaría de Desarrollo Social, vinculadas a la distribución y provisión de alimentos a comedores, y centros dependientes del Municipio, como Jardines Maternales, CCI, CDI, atención de servicios fúnebres, servicios sociales, VIH, veterinaria; V- Areas de la Secretaría de Salud, encargadas del primer nivel de atención, asegurando el servicio médico y prestación de enfermería adecuada en los centros de salud y el DEM, gestión de riesgos; VI- Area de Desarrollo Económico, servicio de guardavidas, que cumplirán tareas de prevención y concientización en el lugar de sus funciones, a los fines de evitar aglomeramientos de personas, y de acuerdo a los criterios y determinaciones de la Secretaría; VII- Areas de comunicación; VIII- UDAAPA, servicios de fumigación, inspección ambiental, disposición final de residuos, y procedimientos o medidas ambientales específicas, dispuestas de acuerdo a las instrucciones brindadas por las áreas competentes; IX- Areas de la Secretaría de Coordinación de Gestión, destinada a la continuidad del circuito administrativo, asuntos jurídicos, Juzgado de Faltas, tránsito, mayordomía y áreas de inspección; X- Subsecretaría Privada.
Agrega que durante el período comprendido entre los días 18 y 31 de marzo inclusive, se dispone suspender los plazos y trámite de los expedientes administrativos externos e internos, “a excepción de aquellos relacionados con las actividades y servicios considerados esenciales”.
Deja establecido que en caso de incumplimiento al deber de presentarse de forma inmediata al lugar de trabajo en caso de requerimiento por parte de la autoridad competente, se instruirá Sumario Administrativo de acuerdo a la normativa vigente.