El Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar a la impugnación extraordinaria que habían presentados los abogados defensores del exgobernador Sergio Urribarri -Fernando Burlando, Javier Baños y Leopoldo Cappa- y de su cuñado Juan Pablo Aguilera -Marcos Rodríguez Allende y Miguel Cullen- y de ese modo revocó la resolución de la Cámara de Casación Penal, que el 19 de noviembre de 2024 dispuso el encarcelamiento de ambos en la Unidad Penal de Paraná con prisión preventiva.
La resolución fue en voto dividido. Por revocar el pronunciamiento de Casación votaron Germán Carlomagno y Leonardo Portela. En disidencia, Miguel Giorgio.
«No obstante, previo a emitir mi voto en condiciones inusualmente anómalas, conminado por la `urgencia` y sorpresiva celeridad con la que se ha decidido imprimir el trámite de una impugnación extraordinaria en esta primera semana de feria judicial de enero de 2025, quiero dejar plasmadas algunas cuestiones en frontal desacuerdo. En primer lugar, no comparto como antecedente la habilitación de feria bajo el pretexto genérico de afectación de la libertad ambulatoria, cuando la presente causa se encontraba a despacho, dentro del plazo legal para resolver y bajo la órbita de los jueces naturales que han sido sustraídos para que un Tribunal ad-hoc, de excepción y efímero resuelva y, sobre todo, teniendo en cuenta que actualmente en esta Sala Nº1 en lo Penal del STJ , de la cual soy Vocal titular, tiene en trámite 24 impugnaciones extraordinarias con ciudadanos privados de la libertad, la mayoría afectados en su libertad ambulatoria con anterioridad a la situación de los Sres. Urribarri y Aguilera», planteó Giorgio.
«Además, una vez habilitada -indebidamente- la feria judicial, se denegó in limine la revocatoria planteada por el Ministerio Público Fiscal como parte del proceso agraviada por esa decisión. No puede perderse de vista que al correrse vista a la fiscalía para que opine, se bilateralizó el incidente de habilitación de feria, es decir, se constituyó a la fiscalía en parte y luego, contradictoriamente, se le veda impugnar. A su vez, puede colegirse sin hesitación que se instrumentaron plazos corridos, que no corresponden para la impugnación extraordinaria; dictándose providencias para impulsar el proceso en días y horas inhábiles (a guisa de ejemplo, el día domingo 5 de enero de 2025 o lunes 6 de enero de 2025 a las 22:50 hs), convirtiendo este recurso excepcional en una suerte de Habeas corpus solapado y con una lógica procedimental nunca vista en causas similares», agregó.
El exgobernador Sergio Urribarri, su cuñado Juan Pablo Aguilera y el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, pasaron Nochebuena y Navidad encarcelados en la Unidad Penal de Paraná. Urribarri y Aguilera ingresaron el 19 de noviembre cuando la Cámara de Casación Penal revocó un fallo de septiembre del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná y ordenó su detención con prisión preventiva hasta que la condena que se les aplicó en 2022 en el megajuicio adquiera firmeza. Fue a petición del Ministerio Público Fiscal. Báez ingresó el 22 de noviembre.
El encarcelamiento -una medida preventiva que se dispuso hasta que el fallo recaído en 2022 en el marco del megajuicio, 8 años para Urribarri, 6 años y 6 meses para Aguilera, adquiera firmeza, esto es que haya pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia- fue a partir de un planteo que había hecho en abril de 2024 el Ministerio Público Fiscal. El argumento para enviarlos a la cárcel fue el riesgo de fuga.
La impugnación extraordinaria presentada en 2024 debía ser resuelta por la Sala Penal del STJ. Pero los tres vocales que integran ese tribunal no completaron la votación: sólo emitieron dictamen los jueces Germán Carlomagno y Miguel Giorgio, pero quedó pendiente para después de la feria, en febrero, el dictamen de la jueza Gisela Schumacher. Ante esa situación, las defensas de Urribarri y de Aguilera urgieron un pronunciamiento durante la feria. Y para eso hicieron una presentación el 2 de enero que fue acogida favorablemente por el titular del STJ, Leonardo Portela, que emitió resolución el domingo 5.
La votación se fijó en el siguiente orden: Germán Carlomagno, Miguel Giorgio y Leonardo Portela. Pero cuando debió votar, Giorgio pidió su excusación con el argumento de que ya había emitido pronunciamiento. Su posición fue rechazada por un tribunal que integraron Carlomagno, Portela y el juez de Garantías Pablo Zoff. Resuelto ese entuerto, el tribunal quedó conformado para emitir dictamen.
Fuente: Entre Ríos Ahora