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Urribarri y el arte de maquillar la realidad

Por Luis María Serroels, publicado por www.analisisdigital.com.ar

El principal problema que enfrenta Sergio Urribarri, es lograr un diseño de su relato capaz de convencer al electorado. Es que todo discurso debe ser corroborado por la realidad que, en este caso, se le muestra muy esquiva. La soberbia exhibida (al apropiarse del rótulo de ser “el candidato del proyecto”) y el irrealismo, son pecados capitales de la política. Un análisis elemental deja como reflexión que, si su optimismo tuviese bases consistentes, sus mediciones en el crudo lenguaje de las encuestadoras no lo estarían contradiciendo tan feo. Si Cristina Fernández se remitiese a esos indicadores, difícilmente miraría hacia Entre Ríos para designar su delfín. Una revisión del “modelo provincial” no permite adjudicarle chances firmes. Mientras las protestas sindicales crecen, también aumenta el colosal endeudamiento de un Estado asfixiado financieramente hasta límites incontrolables. La falta del ballotage en el sistema electoral de la provincia y el empleo de recursos de los que la oposición no dispone, podría ser la carta de continuidad de su gestión, aún dándose magros guarismos (la dispersión del voto antagónico jugaría a su favor), pero también con claros interrogantes para la futura gobernabilidad. Su reemplazante en el sillón de Urquiza –sea del signo que fuere- recibirá un presente riego y una verdadera Caja de Pandora.

Urribarri expresa desafiante que él es “una síntesis perfecta del kirchnerismo en mi gestión, en los resultados de mi provincia”. Al destacar su largo recorrido por el país, del cual dice ser quien más conoce su realidad (y de cuyas erogaciones para tales menesteres no se conoce aún el origen), no se debe separar el hecho de que arrancó mucho tiempo antes de los plazos que autorizan las leyes electorales.

Hay aspectos del comportamiento del gobernador que contradicen sus dichos y que tal vez desconocerán muchos argentinos potenciales seguidores, a la hora de ingresar al cuarto oscuro.

En esta columna nos centraremos en otras cuestiones de suma gravedad, relativizadas por el establishment al punto de persistir en esa práctica. Hablamos de la vulneración por acción u omisión de preceptos constitucionales vigentes desde el 1º de noviembre de 2008, tras una convención a la que convocó el actual mandatario y luego la promulgó y juró en solemne ceremonia.

Existen nuevas instituciones de la renovada Carta que debían reglamentarse antes del primer año de la sanción (art.62º), bajo pena de ser demandada ante el Superior Tribunal de Justicia la autoridad renuente a dictar la norma omitida. Es extensa la nómina de los olvidos del Poder Ejecutivo y sus legisladores, debiendo puntualizarse que no se está ante un periodo breve respecto del término constitucionalmente fijado, sino ya han transcurrido más de seis años y medio de vigencia careciéndose de las leyes reglamentarias fundamentales.

Pero hay un elemento irritante que agrava esta gambeta a las obligaciones constitucionales. Y es que el mandatario cometió una falta muy reprochable al designar con su dedo, es decir prescindiendo del concurso público que manda el art. 217º, nada menos que al responsable del Tribunal de Cuentas y al titular de la Tesorería General, organismos de control cuyo cometido severo y minucioso debe confiarse a los legítimos ganadores de un examen sin ninguna clase de prerrogativas ni padrinazgos.

Atribuir estos atajos tan diligentes a su propia falta de la reglamentación ya comentada, es un atropello al que se le debe poner coto (es como aquél joven norteamericano que luego de asesinar a sus progenitores y antes de escuchar su sentencia, pidió clemencia porque era huérfano). Nadie puede utilizar argumentaciones fundadas en sus propios desatinos.

Y como si esto fuese poco –como dicen los vendedores en la calle-, se designaron miles de agentes sin rendir el concurso que manda el artículo 36º, incluso tampoco se examina –como es exigible- para acceder a los cargos de directores departamentales de escuelas y directores de los hospitales. El precandidato a gobernador Atilio Benedetti (UCR), denunció que Urribarri aumentó en 20 mil agentes la planta de empleados públicos.

En otro orden, también ha ignorado el imperio constitucional al promulgar una ley (la 13.352/15) que le autoriza indebidamente a contratar empresas constructoras para obras públicas en forma directa, eludiendo el artículo 80º, el cual impone que “toda enajenación de los bienes del fisco o del municipio, compras y demás contratos susceptibles de licitación, se harán en esta forma y de un modo público, bajo pena de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades emergentes”.

Se trata de un acuerdo con China, que posibilitará contraer un crédito por 430 millones de dólares con bancos chinos y aseguradoras de ese país asiático, para construir un acueducto que no hace mucho fuera tasado en 90 millones de esa moneda y para cuya cancelación se afectarán directamente las remesas de la coparticipación federal, restándoles cuantiosos recursos a la provincia por muchos años. Las empresas contratadas serán también chinas y encima el Estado provincial aceptaría la jurisdicción inglesa para dirimir eventuales diferendos. Tampoco se ha considerado, en un desconocimiento total, el impacto ambiental de las futuras obras.

Más de 80 organizaciones se sumaron a un reclamo que terminó en una acción penal, tras coincidir en calificar el proyecto oficial como “vergonzoso e indignante”, “fuera de la legalidad” y “una estafa a la provincia”. Aumenta la desconfianza el sospechoso secretismo que ha rodeado a todo el proceso, según ha denunciado la oposición.

Y en último lugar, amerita ser abordada la reforma electoral sancionada por la Legislatura y promulgada con gran celeridad por Urribarri, que generó la calificación de inconstitucional en tanto no se incorpora la “proporcional representación de las minorías”, consagrada por la ley madre entrerriana en su art. 29º (cuestión que ya recaló en la justicia).Es que además de la clara falta de armonía con la norma mayor, se recuerda que dos fallos del máximo órgano judicial de la provincia marcan precedentes desfavorables para los reformistas olvidadizos.

Una jurisprudencia -a la que se aferrarían los accionantes- señala que el STJ declaró en un fallo del 21 de junio de 2011 la inconstitucionalidad del artículo 9º de la ley 9.659 (Ley Castrillón), sosteniendo que “violenta de modo manifiesto la expresa condición constitucional de observar la adecuada y proporcional representación de las minorías”. Esa norma es la misma que hoy, en las bancas oficialistas y en la promulgación del mandatario, se ignoró inexplicablemente. Pese a esto Urribarri le asigna a la nueva legislación un carácter de “modelo democrático, de inclusión” (Sic). Se confía en que los jueces serán fieles al anterior pronunciamiento, de lo contrario se estaría frente a un temperamento muy maleable y a una falta de juridicidad como garante final del derecho ante los atropellos en que pudiesen incurrir los otros dos poderes.

Es oportuno recodar que el artículo 208º de la Carta actual, se refiere a la designación de un fiscal del Ministerio Público con competencia en hechos de corrupción y otros delitos cometidos contra la administración pública. Hasta hoy: silencio de radio. Pareciera que a algunos hablarles de esto es como enfrentarlo a Drácula con una ristra de ajos.

Sería bueno conocer qué respuestas le daría Sergio Urribarri a la requisitoria de sus compatriotas que lo vienen escuchando en distintos lugares del país, cuando le pregunten sobre estos episodios donde no se respeta el texto constitucional de su provincia. Ante el relato, se impone la verdad. Ante el atropello, la justicia.

Alguien dijo que la verdad y la justicia son dos hermanas siamesas que nadie se atrevería a separar. Es bueno tenerlo en cuenta.

 

 

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